Micelio

Artículo 7

Ley 30 de 1925 · Por la cual se reforma la 72 de 1919, sobre asignaciones civiles, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los sueldos señalados en el artículo anterior, se entenderán sin perjuicio de los viáticos que por leyes anteriores tienen señalados algunos de los empleados que figuran en el expresado artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 30 de 1925