Micelio

Artículo 3

El Alcalde Y Los Distintos Operarios De La Red Comunitaria, Podrán Hacer Transmisiones En Las Frecuencias, Tipo De Emisión Y Potencia Establecidas En Este Decreto, A Efectos De Poner En Aviso A Los Organismos De Seguridad, De Socorro Y Ayuda Y Salubridad O Solicitar Y Dar Información, Cuando Las Circunstancias Lo Exijan, Sobre Las Condiciones Del Mercado Y De Las Vías De Comunicación De La Región

Decreto 1029 de 1993 · por el cual se reglamenta un Servicio Auxiliar de Ayuda.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Alcalde y los distintos operarios de la red comunitaria, podrán hacer transmisiones en las frecuencias, tipo de emisión y potencia establecidas en este Decreto, a efectos de poner en aviso a los organismos de seguridad, de socorro y ayuda y salubridad o solicitar y dar información, cuando las circunstancias lo exijan, sobre las condiciones del mercado y de las vías de comunicación de la región. En todo caso, los operarios utilizarán un lenguaje decoroso y cortés, estando prohibidas todas aquellas transmisiones de otros servicios de telecomunicaciones o sobre temas religiosos y políticos. CAPITULO II Licencias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1029 de 1993