º . Actividades de la Comisión Intersectorial . La Comisión Intersectorial prevista en el presente Decreto, tendrá a su cargo las siguientes actividades
Aprobar la política general, los instrumentos y las metodologías que rijan las actividades del Programa de Inversión Banca de las Oportunidades.
Aprobar las propuestas relacionadas con la financiación de las actividades previstas en el artículo 5º del presente decreto.
Dar concepto sobre los convenios que vayan a celebrarse con entidades públicas del orden nacional o territorial, organismos multilaterales, organismos de cooperación y donantes nacionales e internacionales, para la realización de aportes al Programa de Inversión Banca de las Oportunidades.
Velar por el cumplimiento de las actividades, actos y contratos del Programa de Inversión Banca de las Oportunidades.
Dictarse su propio reglamento de funcionamiento.
Aprobar el presupuesto anual del Programa de Inversión Banca de las Oportunidades y hacer el seguimiento de su ejecución.
Recibir al menos una vez al año la rendición de cuentas presentada por el Banco de Comercio Exterior de Colombia S. A., Bancoldex. Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones de control de ejecución contractual a cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Establecer el procedimiento para la selección de los miembros del Consejo Asesor previsto en este decreto, adelantar la convocatoria correspondiente y dictar las pautas para su funcionamiento.
Las demás que le sean propias para el funcionamiento del Programa de Inversión Banca de las Oportunidades.
La Junta Directiva del Banco de Comercio Exterior de Colombia S. A., Bancoldex, en lo de su competencia, tendrá a su cargo la supervisión de la gestión del Banco como administrador de los recursos.