Micelio

Artículo 66

De La Comisión De Personal

Decreto 658 de 1974 · Por el cual se revisa la organización administrativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la Comisión de Personal . La Comisión de Personal, estará integrada por: El Secretario General, quien la presidirá; el Jefe de la Oficina Jurídica y un representante de los empleados del Ministerio.

Parágrafo

Actuará como Secretario de la Comisión el Jefe de la División de Personal del Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 658 de 1974