Modifícase el artículo 2.16.1.5.1 del Decreto 1068 de 2015, el cual quedará así: “ Artículo 2.16.1.5.1. Régimen de inversiones . Las reservas técnicas constituidas para los amparos de riesgos políticos y extraordinarios garantizados por la Nación, se sujetarán a lo previsto en el artículo 2.31.3.1.8 del Decreto 2555 de 2010. No obstante, las reservas no podrán ser invertidas en los activos descritos en los subnumerales 1.10, 1.11, 2.5, 2.6, 2.7, 2.8, 2.9, 2.10 y 3.5 del artículo 2.31.3.1.2 del Decreto 2555 de 2010”.
Decreto 2103 de 2016 →Vigente
Artículo 18
Modifícase El Artículo 2
Decreto 2103 de 2016 · por el cual se modifican los Decretos 2555 de 2010 y 1068 de 2015 en lo relacionado con el régimen de inversión de las reservas técnicas de las entidades aseguradoras y las sociedades de capitalización.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.