Micelio

Artículo 4

Ley 18 de 1946 · Por la cual se da efectividad al mandato de la Ley 43 de 1944 sobre emisión de bonos internos para el pago de unas recompensas y se modifica el parágrafo del artículo 6° de la Ley 43 de 1941

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, en lo que hace a honorarios de la Junta, de sus empleados y al equipo y dotación para su funcionamiento, se tomarán de las partidas destinadas a gastos imprevistos y reservados del Ministerio de Guerra.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 18 de 1946