Los recursos obtenidos en virtud de lo dispuesto en este decreto se destinarán exclusivamente a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para conjurar las causas del Estado de Emergencia declarada por medio del Decreto número 150 del 11 de febrero de 2026 e impedir la extensión de sus efectos.
Artículo 19
Los Recursos Obtenidos En Virtud De Lo Dispuesto En Este Decreto Se Destinarán Exclusivamente A Atender Los Gastos Del Presupuesto General De La Nación Necesarios Para Conjurar Las Causas Del Estado De Emergencia Declarada Por Medio Del Decreto Número 150 Del 11 De Febrero De 2026 E Impedir La Extensión De Sus Efectos
Decreto 240 de 2026 · por el cual se adoptan medidas tributarias adicionales destinadas a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al estado de emergencia declarado mediante el Decreto número 150 del 11 de febrero de 2026.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
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