Control Fiscal. Corresponde a la Contraloría General de la República el control fiscal de las Cuotas de Fomento.
En desarrollo de su función de control del recaudo de las Cuotas de Fomento, la Contraloría a través de sus Auditores o Revisores Fiscales Delegados podrá practicar visitas a los Recaudadores para establecer si han cumplido su labor y remitido oportunamente las sumas recaudadas. En caso de violación, se exigirá de inmediato el reintegro de los recursos dejados de recaudar o indebidamente utilizados, sin perjuicio de las acciones penales o de cualquier otra índole a que hubiere lugar.
(Decreto número 1000 de 1984, artículo 10)