Micelio

Artículo 4

º

Decreto 197 de 1999 · por el cual se crea un Fondo para la Reconstrucción del Eje Cafetero afectada por el terremoto del 25 de enero de 1999

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Consejo Directivo del Fondo estará integrado por nueve (9) representantes del Presidente de la República, quien indicará cuál de ellos lo presidirá. El Presidente del Consejo Directivo, orientará y coordinará las funciones del Fondo. El Director Ejecutivo del Fondo concurrirá a las sesiones del Consejo Directivo con voz pero sin voto. Así mismo, podrán asistir los funcionarios y demás personas que el mismo invite a sus deliberaciones.

Parágrafo

El Consejo Directivo podrá sesionar y adoptar decisiones con la asistencia de tres (3) de sus Miembros y se reunirá cada vez que lo solicite su Presidente y en todo caso por lo menos una vez al mes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 197 de 1999