Micelio

Artículo 18

Ley 35 de 1930 · POR LA CUAL SE APRUEBAN LA CONVENCION ENCAMINADA A REPRIMIR LA FALSIFICACIÓN DE MONEDA, Y SUS PROTOCOLOS ADICIONALES

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTÍCULO 18

La presente Convención no afecta el principio de que los delitos mencionados en el artículo 3 serán en cada país-sin que por ello se les permita la impunidad-definidos, perseguidos y castigados de conformidad con las reglas generales de su respectiva legislación interna.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 35 de 1930