GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. En los procesos de contratación cuya cuantía sea superior a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, los oferentes deberán constituir una garantía de seriedad mediante garantía bancaria o de compañía de seguros, debidamente constituida y autorizada para funcionar en Colombia, que respalde las condiciones y términos de la propuesta. Cuando la cuantía de la contratación sea inferior a la señalada en el inciso anterior, el representante legal de acuerdo con la naturaleza del contrato, determinará la conveniencia de la constitución de esta garantía.
Decreto 1310 de 1994 →Vigente
Artículo 60
Garantía De Seriedad De La Oferta
Decreto 1310 de 1994 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Marta Ltda. Telesantamarta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.