º. Funciones. El Consejo de Facilitación Turística desarrollará las funciones que se enumeran a continuación
Analizar las decisiones administrativas que puedan obstaculizar el normal desarrollo del turismo y proponer mecanismos para su mejoramiento.
Propiciar la coordinación de las competencias y actividades de las diferentes entidades que lo integren, para el ejercicio armónico de sus funciones.
Integrar procesos y acordar acciones que simplifiquen y faciliten la prestación de los servicios turísticos y que busquen la eliminación de trámites.
Acordar mecanismos que faciliten los flujos turísticos nacionales e internacionales.
Promover la difusión de las normas y acciones indispensables para la movilización entre países.
Las demás, compatibles con su naturaleza, orientadas a la facilitación en la prestación de los servicios turísticos.