° La Sección de Crédito Público llevará una cuenta clara y precisa de los vales que se emitan, y también de los que vayan amortizándose ; y el día último de cada mes hará una relación detallada de unos y otros , la cual se publicará dentro de los seis días siguientes en el Diario Oficial . Al pie de la relación dicha debe figurar el saldo de los vales en circulación.
Decreto 798 de 1914 →Vigente
Artículo 3
° La Sección De Crédito Público Llevará Una Cuenta Clara Y Precisa De Los Vales Que Se Emitan, Y También De Los Que Vayan Amortizándose ; Y El Día Último De Cada Mes Hará Una Relación Detallada De Unos Y Otros , La Cual Se Publicará Dentro De Los Seis Días Siguientes En El Diario Oficial
Decreto 798 de 1914 · Sobre emisión y amortización de vales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.