º Para la acuñación de los $ 3.000,000 en monedas de plata que autorizó la Ley 37 de 1920, fíjase la siguiente proporción: De a $ 0-50 $ 2.800,000 De a $ 0-20 100,000 De a $ 0-10 100,000 Suma $ 3.000,000
Decreto 1456 de 1922 →Vigente
Artículo 1
Para La Acuñación De Los $ 3
Decreto 1456 de 1922 · Por el cual se reforma el número 468 de 1921
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.