Micelio

Artículo 3

Ley 58 de 1886 · que autoriza al Gobierno para auxiliar la construcción de un camino de herradura entre la ciudad del Socorro y el río Carare

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 3° Las adjudicaciones de terrenos baldíos que se concedan a los empresarios de este camino se harán por cuotas proporcionales, a medida que se vayan entregando terminadas y en perfecto estado de servicio las secciones en que se divida el camino; de tal modo que la adjudicación completa y definitiva de las cuotas que se hayan estipulado, no tendrá lugar sino a la terminación y entrega de toda la obra.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 58 de 1886