El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, suministrará y mantendrá actualizado a los distritos, de manera sistematizada en el Registro Nacional de Turismo. En él se podrá consultar de manera especial lo correspondiente a empresas que prestan sus servicios en el respectivo distrito.
Ley 1617 de 2013 →Vigente
Artículo 95
Registro
Ley 1617 de 2013 · por la cual se expide el Régimen para los Distritos Especiales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.