Micelio

Artículo 12

De La Dirección Central De Inteligencia

Decreto 625 de 1974 · Por el cual se resisa la organización administrativa del Departamento Administrativo de Seguridad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. De la Dirección Central de Inteligencia. Corresponde a la Dirección central de Inteligencia desarrollar las siguientes funciones

a)

Suplir las faltas accidentales del Jefe del Departamento por ausencia del Secretario General y cuando así lo disponga el Presiden de la República.

b)

Asesorar en asuntos técnicos y en la adopción de planes de acción al Jefe del Departamento y coordinar la ejecución con el Secretario General.

c)

Dirigir y coordinar los trabajos de las Divisiones de Policía Judicial, Orden Público, Laboratorios e Identificación, Extranjería y Seguridad Rural.

d)

Responder ante el Jefe del Departamento de la ejecución de los trabajos adscritos a su dependencia.

e)

Analizar la situación en los diversos aspectos de seguridad nacional y programar la acción operativa con base en las informaciones que obtenga, mediante la observación de las actividades nacionales.

f)

Recibir, estudiar y valorar los resultados de los trabajos que ejecuten las distintas dependencias para determinar la marcha de las diversas actividades nacionales y la forma como se afecte la seguridad nacional en los diversos aspectos.

g)

Elaborar nuevos programas operativos y preparar los boletines para transmitir a las distintas dependencias del Gobierno la información que interese a sus funciones.

h)

Vigilar el cumplimiento de las disposiciones del Departamento en las Seccionales.

i)

Analizar y evaluar los informes de las Seccionales, Sub-Seccionales y Puestos Operativos y rendir informes y conceptos al Jefe del Departamento.

j)

Mantener informados a los Jefes de Seccional sobre los reglamentos y normas que se dicten en el Departamento, así como de los programas de las Divisiones del mismo, cuando fueren pertinentes.

k)

Inspeccionar el cumplimiento de las labores asignadas al personal de detectives, tanto en misiones específicas como en las órdenes generales y órdenes del día.

l)

Recibir y evaluar las informaciones sobre asuntos de competencia del Departamento y recomendar las medidas que deben adoptarse. ll) Elaborar boletines separados sobre cada uno de los asuntos relacionados con la seguridad nacional, con destino a la Jefatura del Departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 625 de 1974