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Artículo 47

Funciones Del Consejo Directivo Del Centro De Estudios Aeronáuticos -Cea

Decreto 1294 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -Aerocivil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Consejo Directivo del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA . Son funciones del Consejo Directivo del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA, las siguientes

1.

Recomendar al Secretario del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA la organización académica de la dependencia.

2.

Fijar y evaluar las políticas académicas, administrativas y de planeación acorde a los lineamientos institucionales.

3.

Expedir, actualizar o modificar el Estatuto General del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA.

4.

Aprobar la creación, suspensión, modificación, ampliación, extensión o supresión de los programas académicos de Educación Superior ofrecidos por el Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA, de acuerdo con las disposiciones vigentes y previo concepto del Consejo Académico.

5.

Fijar el valor de los derechos pecuniarios y servicios académicos del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA, conforme a las disposiciones legales vigentes.

6.

Decidir en segunda instancia sobre las impugnaciones formuladas frente a las decisiones adoptadas por el Consejo Académico del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA.

7.

Determinar políticas de mejoramiento o implementación de programas en lo referente a Docencia, Investigación, Extensión e Internacionalización.

8.

Otorgar distinciones y otros reconocimientos al personal que hace parte de la comunidad educativa del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA.

9.

Establecer su propio Reglamento.

10.

Las demás que le señalen la ley, el Estatuto General del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA Y la reglamentación interna de la Aerocivil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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