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Artículo 32

Requisitos De La Contratación De La Atención Médica Y La Prestación De Servicios

Decreto 800 de 1992 · por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los servicios de Medicina Prepagada.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos de la contratación de la atención médica y la prestación de servicios. Las empresas de Medicina Prepagada podrán contratar la atención médica y la prestación de los servicios de salud y sus usuarios con hospitales, clínicas, centros de salud, laboratorios o instituciones similares, cumpliendo los siguientes requisitos

1.

La respectiva institución deberá tener licencia sanitaria de funcionamiento, de acuerdo con las normas legales sobre la materia.

2.

La contratación no podrá realizarse con tarifas superiores a las que tengan establecidas estas instituciones para pacientes particulares. No obstante, las partes podrán, en razón al volumen de pacientes, hacer los descuentos que estimen pertinentes. 3 La respectiva institución deberá contar con médicos y profesionales de la salud, que cumplan los requisitos legales para el ejercicio de su profesión.

Parágrafo

Estas instituciones deberán prestar la atención médica en igual forma a todas las Empresas de Medicina Prepagada, con las que tenga contrato previamente concertado y de conformidad con la modalidad del contrato. CAPITULO VI Protección a los usuarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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