Artículo tercero . Las demás funciones que de conformidad con las leyes corresponde ejercer al Gobierno en materia de los servicios a que se refiere el presente Decreto, no comprendidas en el artículo anterior, continuarán a cargo del Ministerio de Fomento.
Decreto 79 de 1958 →Vigente
Artículo 3
Decreto 79 de 1958 · Por el cual se adscriben unas funciones al Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.