Micelio

Artículo 6

Decreto 2738 de 2005 · por el cual se modifican los criterios para el otorgamiento de la "Distinción Andrés Bello", y se deroga el Decreto 2807 de 2000.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Quienes se hagan acreedores a la distinción Andrés Bello, tendrán prelación en el otorgamiento de un crédito educativo, para la continuación de sus estudios en la educación superior, de acuerdo con el reglamento que para el efecto expida el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior "Mariano Ospina Pérez", ICETEX.

Parágrafo

Los estudiantes que sean distinguidos tanto en el nivel nacional como en cada entidad territorial certificada, no podrán por ese hecho acceder a dos créditos educativos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2738 de 2005