Micelio

Artículo 4

Decreto 1858 de 1959 · Por el cual se autoriza al ministerio de hacienda y Crédito Público para expedir unos Títulos de Deuda Pública Interna y se fijan las características de las mismas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá a 8 de julio de 1959. ALBERTO LLERAS. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernando Agudelo Villa. El Ministro de Obras Públicas, Virgilio Barco Vargas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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