Micelio

Artículo 29

Los Oficiales De Estado Mayor Pueden Servir Como Tales: A) En El Estado Mayor General Del Ejército; En Los Otros Departamentos Del Ministerio De Guerra; En Los Estados Mayores De Las Unidades Del Ejército

Decreto 1228 de 1927 · Por el cual se reglamenta la organización del Ejército.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Oficiales de Estado Mayor pueden servir como tales

a)

En el Estado Mayor General del Ejército; en los otros Departamentos del Ministerio de Guerra; en los Estados Mayores de las Unidades del Ejército.

b)

Como profesores de los institutos de cultura militar.

c)

Como agregados militares en las Legaciones del Gobierno en el Exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1228 de 1927