°. Capitalización de Colombia Telecomunicaciones S.A. ESP . La Nación, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público concurrirá a la capitalización de Colombia Telecomunicaciones S.A. ESP, a través de la asunción de las obligaciones de pago en cabeza de dicha sociedad derivadas del contrato de explotación de bienes, activos y derechos celebrado con el Patrimonio Autónomo Receptor de Activos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom en liquidación y las Empresas Teleasociadas liquidadas -Parapat-, en los términos del artículo 1° de la Ley 1509 de 2012, mediante una modalidad de fortalecimiento patrimonial en la que el esfuerzo financiero que realice la Nación al asumir dichas obligaciones de pago se vea reflejado en la participación que la Nación obtenga en el capital de la compañía absorbente una vez verificada la fusión, como resultado de la relación de intercambio, en las condiciones que determine el Conpes.
Teniendo en cuenta que el reconocimiento económico-financiero correspondiente a la asunción de las obligaciones de pago por parte de la Nación se verá reflejado en el porcentaje de su participación en el capital de la compañía absorbente una vez verificada la fusión, la modalidad de fortalecimiento patrimonial de que trata el presente artículo se ejecutará sin que se emitan nuevas acciones a favor de la Nación a cambio de dicha asunción.