Micelio

Artículo 20

Crease El Cargo De Secretario-Contador Del Fondo Cooperativo Nacional, Con Asignación Mensual De $ 150 Que Serán Pagados Con Cargo Al Mismo Fondo Previa Autorización De La Junta Y Mediante El Correspondiente Giro Del Ministro

Decreto 458 de 1942 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo Cooperativo Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Crease el cargo de Secretario-Contador del fondo Cooperativo Nacional, con asignación mensual de $ 150 que serán pagados con cargo al mismo Fondo previa autorización de la junta y mediante el correspondiente giro del Ministro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 458 de 1942