°. Procedimiento para la Conformación de las Ternas . El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo convocará, a través de su página de Internet, a las organizaciones mencionadas en el
del artículo anterior, para que conformen las ternas mediante concurso público de méritos, el cual adelantarán de manera individual o conjunta, a través de una universidad o institución pública o privada experta en procesos de selección, de acuerdo con las condiciones indicadas en la convocatoria. El concurso público de méritos deberá incluir examen de antecedentes laborales y examen de conocimientos y experiencia de que trata el
del artículo 11 de la Ley 1314 de 2009. Como resultado de cada concurso público de méritos se conformará una lista de elegibles que tendrá una vigencia de cuatro (4) años, de la cual se extraerá la respectiva terna. Las ternas serán remitidas al Presidente de la República dentro de los quince (15) días siguientes a la culminación del período para la realización del concurso público de méritos, acompañadas de los documentos que acrediten el cumplimiento de las condiciones requeridas en la convocatoria. De las ternas enviadas al Presidente de la República, este designará al cuarto miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, por el período que corresponda.
La publicación de la primera convocatoria por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, deberá realizarse en el primer trimestre del año 2010 y las subsiguientes convocatorias a más tardar en el mes de agosto del último año de cada período.