Autorizaciones para exportaciones. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 81 de la Constitución Nacional, no se exigirán vistos buenos previos para efectuar exportaciones, salvo en los casos en que los países receptores exijan certificados de autoridad competente o en los establecidos en el Decreto ley 2811 de 1974, en los artículos 46, 60, 61, 62 del Decreto 444 de 1967, en la Ley 17 de 1981 y en el Decreto 2477 de 1984.
Decreto 1122 de 1999 →Inexequible
Artículo 276
Decreto 1122 de 1999 · Por el cual se dictan normas para suprimir trámites, facilitar la actividad de los ciudadanos, contribuír a la eficiencia y eficacia de la Administración Pública y fortalecer el principio de la buena fe
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.