Causales, modalidad y duración . El Superindente podrá tomar posesión de una empresa, en los siguientes casos
Cuando la empresa no quiera o no pueda prestar el servicio público con la continuidad y calidad debidas, y la prestación sea indispensable preservar el orden público o el orden económico, o para evitar perjuicios graves e indebidos a los usuarios o a terceros;
Cuando sus administradores persistan en violar en forma grave las normas a las que deben estar sujetos, o en incumplir sus contratos;
Cuando sus administradores hayan rehusado dar información veraz, completa y oportuna a una Comisión Reguladora o a la Superintendencia, o a las personas a quienes estas hayan confiado la responsabilidad de obtenerla;
Cuando se declare la caducidad de uno de los permisos, licencias o concesiones que la empresa de servicios públicos domiciliarios haya obtenido para adelantar sus actividades, si ello constituye indicio serio de que no está en capacidad o en animo de cumplir los demás y de acatar las leyes y normas aplicables;
En casos de calamidad o de perturbación de orden público;
Cuando sin razones técnicas, legales o económicas de consideración sus administradores no quisieren colaborar para evitar a los usuarios graves problemas derivados de la imposibilidad de otra empresa de servicios públicos domiciliarios para desempeñarse normalmente;
Si, en forma grave, la empresa ha suspendido o se teme que pueda suspender el pago de sus obligaciones mercantiles;
Cuando la empresa entre en proceso de liquidación.