º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias, y requerirá para su-validez la aprobación por Decreto del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase. Dado en .Bogotá, O. E., a los cinco (5) días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y tres (1983). El Presidente junta Directiva. (Fdo.) José Fernando Isaza Delgado. La Secretaria Junta Directiva, (Fdo.) Beatriz Elena Torres Bernal .
Decreto 1857 de 1983 →Vigente
Artículo 3
El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, Y Requerirá Para Su-Validez La Aprobación Por Decreto Del Gobierno Nacional
Decreto 1857 de 1983 · Por el cual se modifica la Planta de Personal del Instituto Nacional del Transporte
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.