El Consejo Nacional de Agricultura estará integrado por
El Ministro de Agricultura, quien lo presidirá;
El Ministro de Fomento, o su delegado;
El Jefe del Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos;
El Gerente General de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero;
El Gerente del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria;
El Gerente de la Federación Nacional de Cafeteros;
El Gerente del Instituto de Fomento Algodonero;
El Gerente del Instituto de Fomento Tabacalero;
El Director del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi";
El Gerente del Instituto Zooprofiláctico Colombiano;
El Gerente del Instituto Nacional de Abastecimientos;
El Presidente de la Sociedad de Agricultores de Colombia;
El Presidente de la Federación Nacional de Ganaderos;
El Gerente del Banco Cafetero; ñ) El Gerente del Banco Ganadero;
Los Secretarios o Directores Departamentales de Agricultura.
Podrán, además, ser invitados a las deliberaciones del Consejo Nacional de Agricultura, a juicio del Ministerio, los Gerentes y Directores de las demás entidades y agremiaciones que estén dedicadas a actividades de carácter agropecuario.