El que se pone al servicio de una nación extranjera, de sus agentes o nacionales, con el fin de suministrarles informes sobre secretos políticos, diplomáticos o militares del Estado, incurre en prisión de dos a diez años y en multa de ciento a dos mil pesos.
Ley 3 de 1945 →Vigente
Artículo 165
Ley 3 de 1945 · LEY 3 DE 1945, 19/02/1945, Sobre código de justicia penal militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.