Micelio

Artículo 5

Los Médicos, Veterinarios Y Pagadores Tendrán Residencia En Bogotá Y Atenderán Las Comisiones Que Les Asigne La Dirección General De La Policía Nacional

Decreto 3599 de 1949 · Por el cual se organiza el Cuerpo de Policía Rural

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los Médicos, Veterinarios y Pagadores tendrán residencia en Bogotá y atenderán las comisiones que les asigne la Dirección General de la Policía Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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