Micelio

Artículo 13

Resolucion 100-000040 de 2021 · Por medio de la cual se asignan unas funciones y se definen los grupos internos de trabajo en la Superintendencia de Sociedades. EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES (E) En uso de sus atribuciones legales, reglamentarias y, en especial, las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 34, 38, 40, 41 y 42 y 42 del artículo 8, el Decreto 1736 de 2020, y CONSIDERANDO: Que el artículo 9 de la Ley 489 d

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Grupo Arquitectura de Datos. El Grupo de Arquitectura de Datos, adscrito a la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones, tendrá las siguientes funciones: 15/98 RESOLUCION 13.1 Diseñar y mantener la arquitectura de datos en la Entidad, apoyando la toma de decisiones sobre proyectos que puedan transformar políticas, definiciones o los datos mismos. 13.2 Identificar e implementar cambios a la arquitectura de datos establecida, para que se adecúe a las necesidades funcionales de la Entidad. 13.3 Analizar, revisar y establecer las necesidades institucionales en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, alineado con las políticas, estrategias y normatividad vigente, asociados con la arquitectura de datos de la Entidad. 13.4 Analizar, sopesar y diseñar las alternativas de solución a las necesidades institucionales, en materia de tecnologías de la información y comunicaciones de conformidad con los lineamientos y políticas vigentes, asociados con la arquitectura de datos de la Entidad. 13.5 Coordinar el diseño de procesos y procedimientos que permitan gestionar apropiadamente las necesidades del ciclo de vida completo de los datos de la Entidad. 13.6 Estudiar requerimientos de información por parte de las áreas de la Entidad para garantizar que estén acordes con las políticas y estándares definidos para la gestión de datos. 13.7 Participar en el análisis sobre la implementación y uso de nuevas tecnologías que permitan el análisis, control y optimización de la administración y presentación de la información durante su ciclo de vida. 13.8 Apoyar la socialización de las políticas y lineamientos definidos en el marco de la Arquitectura de Datos para que sean cumplidas por parte de las áreas en la Entidad. 13.9 Realizar el seguimiento a las nuevas tendencias y buenas prácticas que apliquen a la arquitectura empresarial dentro del área de su competencia. 13.10 Mantener actualizado el repositorio de documentos que definen las políticas y estándares de la arquitectura de datos. 13.11 Recibir, validar y consolidar la información proveniente de las dependencias de la Entidad o de otros entes externos. 13.12 Diseñar procedimientos, protocolos, auditorías y controles que permitan mantener actualizada y segura la información que reposa en las bases de datos de la Entidad. 13.13 Adelantar la adquisición bienes y servicios requeridos para el soporte, la operación, mantenimiento, renovación, actualización y nuevas tecnologías relacionados con el ciclo de vida de los datos de la Entidad. 13.14 Implementar acciones y/o proyectos asociados con la adopción de nuevas tecnologías que permitan incrementar el uso, aprovechamiento y la toma de decisiones basadas en datos. 13.15 Velar por el aseguramiento de la calidad de los datos y de la información a lo largo de su ciclo de vida, proponiendo y desarrollando estrategias de control para garantizar que la información que se provea para la producción de los reportes estadísticos sea consistente y acorde con las políticas de seguridad de la información y normatividad relacionada, como habeas data, a cargo de los grupos de Sistemas y de Arquitectura de Tecnología y del Sistema de Gestión Integrado. 13.16 Suministrar la información que reposa en los sistemas de información de la Entidad, cuando ésta corresponda a datos que no se puedan consultar directamente por los usuarios internos y externos de la Superintendencia de Sociedades, o que correspondan a información masiva, lo anterior de acuerdo con las políticas de seguridad de la información y normatividad relacionada. 16/98 RESOLUCION 13.17 Proponer los lineamientos para el desarrollo de las herramientas tecnológicas y de información relacionados con la generación confiable de datos para análisis y la generación de estadísticas institucionales de la Superintendencia de Sociedades. 13.18 Orientar las acciones necesarias para mantener un registro actualizado de las sociedades supervisadas por la Superintendencia de Sociedades. 13.19 Generar la información necesaria para producir las estadísticas institucionales conforme con los requerimientos de las diferentes áreas y los lineamientos del Superintendente de Sociedades. 13.20 Apoyar al grupo de Informes Empresariales en la determinación de la muestra de Entidades que serán requeridas para el envío de información financiera, económica, jurídica o contable, así como en la determinación de las sociedades que no enviaron o enviaron mal la información requerida por la Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios. 13.21 Determinar las sociedades que serán objeto de cobro de contribución. 13.22 Conocer y aplicar los lineamientos establecidos en la Política de Gestión Integral para la Gestión Socialmente Responsable de la Entidad, de acuerdo a la normatividad vigente y dentro de un marco de ética y transparencia. 13.23 Adoptar y cumplir las políticas, modelos y controles de seguridad de la información y el sistema integrado de gestión, involucrados dentro de las actividades del grupo. 13.24 Gestionar la adopción de las normas aplicables en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, modelo integral de planeación y gestión institucional, transformación digital, seguridad digital, ciberseguridad, política de gobierno digital y demás que se expidan y en las cuales estén involucradas actividades del grupo. 13.25 Las demás funciones que le asigne el Superintendente de Sociedades o el Superior Inmediato, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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