Micelio

Artículo 70

Establécese La Comisión De Instrucciones A Las Delegaciones A Conferencias Internacionales La Cual Estará Integrada Por El Subsecretario De Organismos Y Conferencias Internacionales, Quien La Presidirá: Por El Subsecretario De Política Exterior; Por El Subsecretario De Asuntos Económicos; Por El Jefe De La División De Asuntos Jurídicos, Y Por Los Funcionarios A Cuya Dependencia Corresponda El Estudio De Los Temas Respectivos

Decreto 2017 de 1968 · Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Establécese la Comisión de Instrucciones a las delegaciones a conferencias internacionales la cual estará integrada por el Subsecretario de Organismos y Conferencias Internacionales, quien la presidirá: por el Subsecretario de Política Exterior; por el Subsecretario de Asuntos Económicos; por el Jefe de la División de Asuntos Jurídicos, y por los funcionarios a cuya dependencia corresponda el estudio de los temas respectivos.

Parágrafo

La Comisión podrá invitar para el estudio de determinadas instrucciones, a funcionarios públicos o a representantes del sector privado cuyas actividades se relacionen con el tema de la conferencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2017 de 1968