Artículo vigesimocuarto. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, surte efectos fiscales a partir del 1.none de abril de 1974, y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese,
Decreto 596 de 1974 →Vigente
Artículo 24
Decreto 596 de 1974 · Por el cual se fija el sistema de clasificación y remuneración para las distintas categorías de empleos del Instituto Nacional De Radio y Televisión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.