º Créase el cargo de Ayudante del Laboratorio del Departamento de Minas y Petróleo del Ministerio de Industrias, con una asignación mensual de ochenta pesos ($ 80), imputable al artículo 353 del capítulo 42 del Presupuesto de la vigencia en curso, y nómbrase para desempeñarlo al señor Heliodoro Quijano.
Decreto 1707 de 1932 →Vigente
Artículo 1
Créase El Cargo De Ayudante Del Laboratorio Del Departamento De Minas Y Petróleo Del Ministerio De Industrias, Con Una Asignación Mensual De Ochenta Pesos ($ 80), Imputable Al Artículo 353 Del Capítulo 42 Del Presupuesto De La Vigencia En Curso, Y Nómbrase Para Desempeñarlo Al Señor Heliodoro Quijano
Decreto 1707 de 1932 · Por el cual se crea un empleo y se hace un nombramiento en el Ministerio de Industrias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.