En caso de que el procesado sea mayor de siete años y menor de catorce, el Presidente preguntará al Consejo si el acusado ha cometido el delito con discernimiento, y si el Consejo declara que el procesado menor no tuvo discernimiento en la comisión del delito, queda absuelto.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.