Cuando un predio rural haya cambiado de propietario o poseedor durante un año gravable, la renta líquida presunta se dividirá entre quienes al tenor del artículo anterior, hayan estado obligados a pagar el impuesto correspondiente, en forma proporcional al tiempo durante el cual tuvieron el derecho de propiedad o la posesión económica o usufructo en ese año.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.