Deber de suministrar a los PRSTM información de geolocalización de los Establecimientos de Reclusión del Orden Nacional (ERON) por parte del Inpec y del Ministerio de Justicia y del Derecho. Dentro del mes siguiente a la expedición del presente decreto, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), en articulación con el Ministerio de Justicia y del Derecho, remitirá a los Proveedores· de Redes y Servicios de Telecomunicaciones Móviles (PRSTM) la información de geolocalización de los Establecimientos de Reclusión del Orden Nacional (ERON). Esta información permitirá a los PRSTM la parametrización de las actuaciones tendientes a la identificación de comunicaciones de telefonía móvil no autorizadas en las cárceles. A partir de la entrada en vigencia de este decreto los PRSTM contarán con cuatro (4) meses para hacer las adecuaciones tecnológicas en sus respectivas redes que permitan identificar en sus Estaciones Base de Telefonía Móvil Celular (EBTMC), los IMSI e IMEI asociados a los números telefónicos que establezcan comunicaciones no autorizadas al interior de los ERON.
Cuando se cree o suprima un ERON, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), en articulación con el Ministerio de Justicia y del Derecho, remitirá una actualización de la información de geolocalización de ERON, o coordenadas adicionales a las contempladas inicialmente.