º DE LA ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA. Para efectos de acreditar la experiencia de que trata el artículo 6º de la Ley 9º de 1984, se requiere presentar ante la Junta Nacional o Seccional constancia auténtica del tiempo de servicio en actividades propias del secretariado.
Decreto 1293 de 1986 →Vigente
Artículo 8
º De La Acreditación De La Experiencia
Decreto 1293 de 1986 · por el cual se reglamenta la Ley 9ª de 1984, sobre el ejercicio de la profesión del secretariado.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.