Contratos de Estabilidad Tributaria. Los contribuyentes beneficiarios de los contratos de estabilidad tributaria que regulaba el artículo 240-1 del Estatuto Tributario estarán excluidos del Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) durante la vigencia del contrato, por las operaciones propias de la entidad como sujeto pasivo del tributo, para lo cual el Representante Legal deberá identificar las cuentas corrientes o de ahorros en las cuales maneje los recursos de manera exclusiva. Cuando el contribuyente beneficiario del Contrato de Estabilidad Tributaria sea agente retenedor del Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF), deberá cumplir con todas las obligaciones que la Ley le impone derivadas de esta condición por las operaciones que realicen los usuarios o cuando actúe como mandatario.
Decreto 449 de 2003 →Vigente
Artículo 13
Contratos De Estabilidad Tributaria
Decreto 449 de 2003 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 788 de 2002 y el Libro VI del Estatuto Tributario.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.