Micelio

Artículo 15

Las Empresas Deberán Señalar En El Reglamento De Trabajo El Procedimiento Que Deben Seguir Los Empleados Y Obreros Para Obtener El Reconocimiento De La Pensión Ya Las Condiciones Exigidas Por La Ley 1ª De 1932 Y Por Este Decreto Para Tener Derecho A Ella, Así Como También La Escala De Los Valores Determinados En Los Artículos 1º De La Citada Ley Y 8º De Este Decreto

Decreto 1471 de 1932 · Por el cual se reglamenta la ley 1ª de 1932, sobre jubilación de empleados y obreros ferroviarios

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las empresas deberán señalar en el reglamento de trabajo el procedimiento que deben seguir los empleados y obreros para obtener el reconocimiento de la pensión ya las condiciones exigidas por la Ley 1ª de 1932 y por este Decreto para tener derecho a ella, así como también la escala de los valores determinados en los artículos 1º de la citada Ley y 8º de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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