Micelio

Artículo 1

Modificase El Artículo 2° Del Decreto Número 2238 De 9 De Noviembre De 1993, En El Sentido De Que La Comisión De Servicios Al Exterior Conferida Al Doctor Jorge Bendeck Olivella, Ministro De Obras Públicas Y Transporte, A La Ciudad De Lima (Perú), Se Llevará A Cabo Por Un Término De Tres (3) Días, Contados A Partir Del 17 De Noviembre Del Año En Curso, Durante Las Cuales Tiene Derecho A Devengar Viáticos A Razón De Us$ 190

Decreto 2304 de 1993 · por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto número 2238 del 9 de noviembre de 1993, mediante el cual se confirió Comisión de Servicios al Exterior al doctor Jorge Bendeck Olivella, Ministro de Obras Públicas y Transporte y se encargó de las funciones de su Despacho al doctor Juan Alfonso Latorre Uriza, Viceministro de Obras Públicas y Transporte.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Modificase el artículo 2° del Decreto número 2238 de 9 de noviembre de 1993, en el sentido de que la Comisión de Servicios al Exterior conferida al doctor Jorge Bendeck Olivella, Ministro de Obras Públicas y Transporte, a la ciudad de Lima (Perú), se llevará a cabo por un término de tres (3) días, contados a partir del 17 de noviembre del año en curso, durante las cuales tiene derecho a devengar viáticos a razón de US$ 190.00 diarios, así: dos (2) días pernoctando US$ 380.00 y uno (1) sin pernoctar US$ 95.00, para un total de US$ 475.00 y no como se estipuló en el artículo que se modifica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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