Micelio

Artículo 5

Para Demostrar La Antigüedad Como Topógrafo, Las Empresas Públicas O Privadas Al Expedir Las Certificaciones De Servicio, Deberán Indicar La Clase De Trabajos Topográficos Que Estén Efectuando O Hayan Efectuado Los Interesados

Decreto 630 de 1981 · Por la cual se reglamenta la Ley 70 de 1979

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para demostrar la antigüedad como topógrafo, las empresas públicas o privadas al expedir las certificaciones de servicio, deberán indicar la clase de trabajos topográficos que estén efectuando o hayan efectuado los interesados.

Parágrafo

En el caso de haber trabajado como empleado público, la respectiva entidad deberá certificar el tiempo y calidad de los trabajos ejecutados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 630 de 1981