Micelio

Artículo 22

Toda Persona Que Tenga Conocimiento O Sospecha De La Existencia De Animales Atacados Por Enfermedades Contagiosas, Está En El Deber De Denunciar El Caso Inmediatamente Ante La Autoridad Sanitaria O Gubernamental Más Cercana A Su Localidad

Decreto 2375 de 1970 · Por el cual se dictan normas sobre sanidad apropecuaria

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda persona que tenga conocimiento o sospecha de la existencia de animales atacados por enfermedades contagiosas, está en el deber de denunciar el caso Inmediatamente ante la autoridad sanitaria o gubernamental más cercana a su localidad.

Parágrafo

Las autoridades gubernamentales están obligadas a su vez, & comunicar la denuncia a la autoridad de sanidad animal de su región.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2375 de 1970