Perdida del derecho a pasajes y viáticos para habilitación. Cuando el Oficial o Suboficial tenga que presentar exámenes de habilitación y se encuentre en una Guarnición distinta de la sede de la Escuela o Unidad donde debe realizar las pruebas, no tendrá derecho a pasajes ni viáticos.
Decreto 400 de 1992 →Vigente
Artículo 34
Perdida Del Derecho A Pasajes Y Viáticos Para Habilitación
Decreto 400 de 1992 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 1212 de 1990, Estatuto del Personal de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.