Artículo primero. El personal que ingrese a la Escuela Superior de Orientación Rural Femenina que funciona actualmente y a las similares que se organicen con posterioridad en el país, estará compuesto por normalistas graduadas, superiores y rurales, con dos años de práctica en el ejercicio docente y una edad entre los diez y ocho (18) y treinta (30) años.
Decreto 1761 de 1955 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1761 de 1955 · por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de la Escuela Superior de Orientación Rural Femenina.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.