o. A partir del 1° de enero de 1990, el incremento de salario por antigüedad que venían recibiendo algunos funcionarios a quienes se aplica este Decreto, en virtud de lo dispuesto en los Decretos Extraordinarios 1042 de 1978, y 14 de 1989, se reajustará en el mismo porcentaje en que se incremente su asignación básica mensual de acuerdo con la siguiente escala: ASIGNACION BASICA 1989 % Desde $ 32.900 Hasta $ 37.500 el 26 Desde 37.501 Hasta 97.650 el 23 Desde 97.651 en adelante el 20 Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos, se desecharán.
Decreto 71 de 1990 →Vigente
Artículo 3
O
Decreto 71 de 1990 · Por el cual se establece la escala de remuneración para los empleos del área Técnico-Científica del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras, INGEOMINAS.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.