Micelio

Artículo 3

Ley 46 de 1931 · SOBRE MONOPOLIO DE LA INDUSTRIA DE FÓSFOROS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Al establecerse el monopolio de que trata esta Ley, el Poder Ejecutivo reglamentará todo lo relativo a la vigilancia y sanción del fraude. Si el Gobierno no delegare la administración del monopolio, queda autorizado también para organizarlo y reglamentarlo del modo más conveniente a los intereses públicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 46 de 1931