Micelio

Artículo 10

Requisitos Para Obtener La Habilitación

Decreto 1072 de 2004 · por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte por Cable de Pasajeros y Carga.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos para obtener la habilitación . La habilitación a que se refiere el artículo 7° de este Decreto, se otorgará a solicitud del interesado, llenando los siguientes requisitos

1.

Solicitud dirigida al Ministerio de Transporte suscrita por el representante legal.

2.

Certificado de existencia y representación legal, con fecha de expedición por parte de la Cámara de Comercio no mayor a 30 días hábiles, con respecto a la fecha de radicación de la solicitud, en el que conste que la empresa dentro de su objeto social desarrolla la industria del transporte.

3.

Indicación del domicilio principal y relación de sus oficinas y agencias, señalando su dirección.

4.

Una descripción de la organización de la empresa con las certificaciones de idoneidad del personal administrativo, profesional, técnico y tecnólogo contratado por la empresa.

5.

Relación del equipo propio de transporte, de socios o de terceros, con el cual se prestará el servicio, indicando el nombre o identidad de los propietarios, marca del fabricante, modelo, capacidad y demás especificaciones que permitan su clara identificación.

6.

Certificación suscrita por el representante legal sobre la existencia del programa de revisión y mantenimiento preventivo de carácter periódico o rutinario que desarrollará la empresa para los equipos propios con los cuales prestará el servicio.

7.

Estados financieros básicos certificados de los dos (2) últimos años, con sus respectivas notas. Las empresas nuevas solo requerirán el balance general inicial. Igualmente se deben incluir el origen del capital de la empresa.

8.

Demostración la capacidad financiera –patrimonio y/o capital pagado, en caso de las personas jurídicas–.

9.

Comprobación del origen de capital aportado por los socios, propietarios o accionistas.

10.

Determinación del ámbito de operación y necesidades del servicio.

Parágrafo 1

Una vez el Gobierno Nacional, mediante Decreto reglamentario, fije los requisitos, condiciones, amparos y cuantías de estos seguros para el transporte de carga, estos serán obligatorios para la habilitación y prestación del servicio. CAPITULO VI Trámite

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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